Afiliación al I.C.S.D.P.

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Podrá ingresar en la I.C.S.D.P. toda persona mayor de edad de cualquier nacionalidad y que sea admitida previa solicitud por escrito dirigida a la Junta de Evaluación.

 

Convertirse en miembro de la I.C.S.D.P. proporciona una distinción de calidad profesional única para sus miembros y un reconocimiento para los profesionales de la seguridad tanto pública como privada.

 

Podrán afiliarse  los funcionarios de policía, miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en cualquiera de las situaciones administrativas y que no hubieran sido inhabilitados definitivamente para el servicio, miembros de los Ejércitos y personal adscrito a la seguridad privada. Igualmente podrán estar afiliados los funcionarios de policía y miembros de fuerzas armadas extranjeros que en su país de origen no exista sede de la institución, así como en segunda actividad residentes en España.

 

 

              

 

 

 

Para ser miembro de la I.C.S.D.P. debe:

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1) Rellenar la solicitud. (Solicitándola por correo electrónico.)

 

2) Adjunte su currículum vitae y otros documentos que apoyen su solicitud.

 

La I.C.S.D.P. le informará sobre la viabilidad de su solicitud, reservándose el derecho de admisión de sus miembros. El tiempo de aceptación de su ingreso es de una a dos semanas desde la recepción de su solicitud completa.

 

La I.C.S.D.P. entrega a sus miembros un carné de afiliado con el que puedan respaldar su actividad profesional. Este carné no exime del cumplimiento de las respectivas leyes, obligaciones y restricciones exigidas por su estado o país.

 

 

 

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